Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano MARIO JOSE HERNANDEZ, venezolano, natural De Camino de Cariaco, Municipio Andrés Mata, Estado Sucre, de 57 años de edad, nacido en fecha: 24-08-1957, estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.871.905, residenciado en Guaca, Calle la Campesina, Casa N° 50, cerca de la bodega de la señora Madeline, Guaca, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delito de: VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Lib.....