Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A interpuesta conjuntamente por los ciudadanos: JOSE INES RINCONES, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Cumanacoa, sector Caigüire, casa S/N°, Municipio Montes del Estado Sucre y titular de la cédula de identidad N° V-4.689.459 y LUISA BELTRANA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Urbanización Villa Olímpica frente al bloque 01, vereda 9, casa N° 10, jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre; asistidos por la Abogado en ejercicio DAISY MAIGUALIDA YUGURI, inscrita en el IPSA bajo el Nº 54.577, y por consiguiente, declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído en fecha Veintitrés (23) de Abril de mil novecientos sesenta y dos (1962), por ante la Prefectura Civil del Municipio Cumanacoa, Distrito Montes (hoy Munic.....