DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados EMIRO JOSE FREITES MARVAL venezolano, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8443753, natural de Cumaná, nacido en fecha 10/09/1963, de profesión u oficio Locutor, residenciado en Avenida Carúpano, casa sin numero, frente de la escuela Fe y Alegría Madre Alberta Jiménez, Cumaná, Estado Sucre y JAVIER JOSE AZACON, venezolano, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9320179, natural de Cantaura, nacido en fecha 16/11/1968, de profesión u oficio albañil, residenciado en Anaco, sector caicaguita, casa sin numero, calle las Marias, Estado anzoátegui,; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ord 3 del Código Penal, en perjuicio de FRAN JOSE ARCIA; de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en su numeral 3, 5 Y 6 consistente en: Presentación .....