éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano JHONATAN JESÙS FIGUEROA MANEIRO, venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 29-01-1998, soltero, titular de la cédula de identidad 23.946.841, de oficio obrero hijo de Ismeli Josefina Maneiro y José Gregorio Figueroa, residenciado en la Sexta Calle de El Lirio, Casa S/N, hacia el cerro, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, durante el plazo un (01) año, contado a partir de la presente fecha, estableciéndose como condiciones a cumplir durante dicho lapso, las siguientes: PRIMERA: Cumplimiento de un régimen de presentaciones cada Sesenta 60) días, por el lapso de un año, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este circuito Judicial penal. SEGUNDO: No ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, sin la autoriza.....