Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y último aparte del 43 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se impone al ciudadano JESÚS ARMANDO MARVAL MATA, venezolano, de 25 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 14-03-1987, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.910.393, de oficio carpintero, de estado civil soltero, hijo de Yolexa María Mata y de Jesús Rafael Marval; domiciliado en Brasil Sur, calle 02, terraza N° 10, casa S/N°, cerca del escalafón de los microbuses, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de JENNIFER DEL.....