este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la defensa y DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA consistente en un régimen de presentaciones periódicas, a que se encuentra sometido el imputado JOHAN MANUEL FERNÁNDEZ MOLINA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.957.575, residenciado en Cariaco, Urb. 22 de octubre, calle Carmelo Navarro, casa S/N°, a 200 metros del mercado municipal, Municipio Ribero del Estado Sucre; por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el artículo 378 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana OMAIRA CRISTINA MARCANO GARCÍA.