DEL TRIBUNAL
Visto que los imputados manifestaron a viva voz no querer acogerse al procedimiento por Admisión de los Hechos; éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido a los ciudadanos ELEAZAR JOSÈ BRAZÒN BRAZÒN, venezolano, Natural de Carúpano, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 28-11-1977, titular de la Cédula de Identidad N° 16.061.372, hijo de Reina Josefina Brazón y Eleazar Brazón, domiciliado en: el sector Taguataguas, calle Las Praderas, subida a la cumbre de Mariano, casa s/n, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre; ELVIS RAMÒN NORIEGA, venezolano, natural de Carúpano, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u.....