Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: JEAN CARLOS GONZÀLEZ UGAS, venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 30-01-87, titular de la cédula de identidad N° 19.315.156, de profesión u oficio obrero, hijo de Antonia Ugas y Douglas González y residenciado en la Lagunita, Calle el Marquez, Casa S/N, cerca de la bodega de Mary Carmen, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en virtud de que se desprenden en contra de éste elementos de convicción que los señalan como presunto autor del delito de Homicidio Intencional, previsto en el artículo 405 del código penal, en perjuicio del adolescente José Nelson Rodríguez, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Pr.....