DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano NELSON ANTONIO HIDALGO, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, soltero, de 37 años de edad, de profesión u oficio Estilista, Cédula de Identidad Número V- 15.788.171, nacido en fecha 06/05/1980, hijo de Norvis Hidalgo y Nelson Fernández, Residenciado en la Calle 14 de Febrero, Casa Nº 85, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de YENNYS DEL CARMEN MARCANO, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.