decretar la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano JOSÉ ALEXANDER CARDIET BRICEÑO; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Y así se decide.
Por Todos Los Razonamientos Antes Expuestos, Este Tribunal Segundo De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Decreta LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, del ciudadano JOSÉ ALEXANDER CARDIET BRICEÑO, de 31 años de edad, de nacionalidad venezolana, soltero, titula de la cedula de identidad N.-14.868.127, nacido en fecha 23-10-78, residenciado en Las Palomas, Sector Boulevard Antonio José de Sucre, Estado Sucre. Líbrese Oficio al Comandante de la Policía del Estado Sucre, adjunto a boleta de libertad. Se acuerda la libertad del imputado de autos, desde la misma Sala de Audiencias, dejando constancia que el mismo, sale en buen estado físico. .....