Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ LEÓN, Venezolano, natural de Carúpano, 35 de años de edad, nacido en fecha: 20-05-1975, de profesión u oficio: Obrero, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº V.- 13.075.369, hijo de: Julio Rodríguez y Lucila León, residenciado: Playa Grande, Sector Las Salinas, Casa Nº 27, Parroquia Santa Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO IMPROPIO y LESIONES DE TIPO LEGAL BÁSICO, previstos y sancionados en los artículos 456 y 413 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana VANESSA ALEXANDRA PALMA GIL, todo de conformidad.....