DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los Imputados: Manuel Alejandro Rivadulla Hernández, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.218.441, nacido en fecha 12-06-1975, de 38 años edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Manuel Rivadulla y Evangelia Hernández, y residenciado en el Sector La Marina, Calle El Tesoro, Casa SN, diagonal a Hielos Manolo, Guaca, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Roselis Margarita Bolívar Figueroa, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular .....