Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Resuelve: Se DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado CARLOS ALBERTO CORNIBEL, venezolano, de 30 años de edad, natural de Carúpano, estado civil: soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 15.114.544, sin oficio, nacido el 12-12-1981, hijo de Maribel Cornibel y Pedro Rodríguez, y domiciliado en la Calle la Campesina de Guatapanare de Guaca, casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, consistente en presentaciones periódicas cada Treinta (30) días por el .....