Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara CURADORA ESPECIAL, a favor del adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dieciséis (16) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.874.349, a los fines de representarlo en la venta de la cuota parte que le corresponde sobre un (01) inmueble con las siguientes características: Apartamento Nro. 03-01, Bloque Nro. 4, ubicado en la Urbanización Bebedero IV, Cumanà, Estado Sucre, valorado para la fecha de la Declaración Sucesoral en la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo), el cual está valorado actualmente en la can.....