este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME AL CIUDADANO: JESUS RAMON ROMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V 13053728, condenado a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del Delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE; LA PENA de: SEIS (06) MESES, ONCE (11) DÍAS, tiempo este que es redimido en este acto al penado. Ahora bien, sumado este tiempo, con el tiempo de pena cumplida físicamente hasta la presente fecha, da un total de pena cumplida, de: DOS (02) AÑOS, UN (01) MES y TRES (03) DÍAS, le falta por cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES, VEINTISIETE (27) DIAS, la cual se cumplirá el 29 DE SEPTIEMBRE DE 2012.....