Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el presente asunto seguido a los ciudadanos: ANTONY JAVIER RODRIGUE RODRIGUEZ, venezolano, Natural de CACHIPAL, municipio Mariñi del Estado Sucre, de 27 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 20.564.362 de profesión u oficio albañil y agricultor, soltero, nacido en fecha 20/03/1990, hijo de Marcelina Rodríguez y Angel Rojas, con domicilio en Pitotan, Municipio Cajigal, calle principal, casa n 09, cachipal Municipio Mariño del Estado Sucre Y ALEXANDER JOSE PONCE ORTEGA, venezolano, Natural de Yaguaraparo, mucicpio Cajigal del estado sucre, de 35 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 16.841.716 de profesión.....