este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Se ratifica las medidas de protección impuestas por el órgano receptor consistentes en la establecidas en el articulo 87, ordinales 5º y 6, de la Ley Especial que rige la Materia. Segundo: Se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, de conformidad con lo el ordinal 3° del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ROBERT JESUS RAMIREZ, quien es venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, de 25 años de edad, estado civil: Soltero, Pescador, nacido en fecha 12-09-84, Titular de la cédula de identidad numero: V- 20.074.289, hijo de Julitza Josefina Ramírez y Rudy Cenon Díaz y residenciado en: calle Principal del Sector 19 de Abril, Las Malvinas, Municipio Valdez del Estado Sucre , por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sa.....