este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado WILLIAMS LEANDRO SALAZAR LÓPEZ, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 13-12-1980, natural de Cumaná, soltero, de oficio barbero, titular de la cédula de identidad Nº 15.249.055, hijo de Leticia López y Pedro Salazar, residenciado en Las Parcelas, detrás de la clínica Josefina de Figuera, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre; a quien se le iniciara causa por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artícu.....