este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA con lugar la solicitud fiscal y DECRETA medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad en contra del imputado Héctor Luís Velásquez Hernández, venezolano, de 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 20.125.927, hijo de Elvi Hernández y Pablo Velásquez, nacido en fecha 05-07-87, profesión u oficio barbero, residenciado en la calle Rómulo Gallegos, casa N° 10, a tres casas de la plaza Bermúdez, Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; siendo esta la contenida en el artículo 256, numeral 3, del Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días, por el lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Líbrese boleta de libertad, adjunto a oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de P.....