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Decisiones del dia 01/04/2024

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] P�gina 1 de 1
N� Expediente : 24-10.757 N� Sentencia : 03 Fecha: 01/04/2024
Procedimiento:
Divorcio Por Desafecto
Partes:
YNAW JAGHINOS DE NAJJAR CONTRA JOHNY NAJJAR TOBJI
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia de fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..." En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que ta.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
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N� Expediente : 24-10.785 N� Sentencia : 04 Fecha: 01/04/2024
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
ZULEIMA DEL CARMEN ROMERO APONTE Y RAFAEL ENRIQUE ZAPATA PEÑA.-
Resumen:
Es el caso bajo estudio, quien suscribe considera: PRIMERO: Que está debidamente demostrado el vínculo matrimonial, existente entre los ciudadanos ZULEIMA DEL CARMEN ROMERO APONTE y RAFAEL ENRIQUE ZAPATA PEÑA, según Acta de Matrimonio Nº.183, inserta a el folio tres (03), de la cual se desprende que ambos ciudadanos contrajeron matrimonio civil en fecha Diecinueve (19) de Septiembre de Mil Novecientos Noventa y Ocho (1998), y que esta juzgadora aprecia en todo el valor probatorio que merece, a tenor de lo previsto en los Artículos 457 y 1.360 del Código Civil, en concordancia con el artículo 507 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que desde el momento de la separación de hecho alegada, que fue interrumpida desde el día veinte (20) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999), se separaron y hasta la fecha bajo ninguna circunstancia han hecho vida en común, tornándose una ruptura prolongada y definitiva, como supuestos de procedencia de la solicitud de Divorcio 185-A de.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
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N� Expediente : 23-10475 N� Sentencia : 01 Fecha: 01/04/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
YOSELINNE JOSEFINA FARIÑAS VELASQUEZ Y NELSON JOSE VALLEJO MALAVE.
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia Nº 136 del (03) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo...". En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que tal man.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
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N� Expediente : 24-10.792 N� Sentencia : 06 Fecha: 01/04/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
WILMER JOSÉ ROJAS DE LA ROSA Y MARÍA MAGDALENA RÍVERO.-
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la Sentencia de fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017) , Expediente Nº 2016-000479, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..."En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
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N� Expediente : 24-10.787 N� Sentencia : 05 Fecha: 01/04/2024
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
JEAN CARLOS VELASQUEZ LYON Y NIRKA CAROLINA SANCHEZ CANACHE.-
Resumen:
Es el caso bajo estudio, quien suscribe considera: PRIMERO: Que está debidamente demostrado el vínculo matrimonial, existente entre los JEAN CARLOS VELÁSQUEZ LYÓN y NIRKA CAROLINA SÁNCHEZ CANACHE, según Acta de Matrimonio Nº 231, que corre inserto en los folios tres y cuatro (03,04), de la cual se desprende que ambos ciudadanos contrajeron matrimonio civil en fecha cuatro (04) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Ocho 1998 y que esta juzgadora aprecia en todo el valor probatorio que merece, a tenor de lo previsto en los Artículos 457 y 1.360 del Código Civil en concordancia con el articulo 507 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que desde el momento de la separación de hecho que fue desde el 20 del mes de Febrero del año 2008 y hasta la presente fecha no han reanudado su vida conyugal; tiempo superior al previsto en el Articulo 185-A del Código Civil como supuesto de procedencia de la Solicitud de Divorcio 185-A. TERCERO: Que de la unión matrimonial procrearon tres (03) hijo.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
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