Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, a la Mediación celebrada por los ciudadanos TONY ISTAMBOULI TARCHA y ROSA MARIA RENGEL LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.12.272.128 y 12.662.663, domiciliados el primero en el Parcelamiento Miranda, Avenida Quinta Berllotto, Casa Nº 09, al lado de Telesol, Cumaná, estado Sucre, y la segunda en la Urbanización Manuela Sáenz, Ultima Calle, pegada del cerro, frente las torres de electricidad de Tres Picos, Cumaná, Estado Sucre.