Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Cumana estado Sucre (actuando en Sede Constitucional), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el DESACATO al mandamiento del Amparo Constitucional que este Tribunal dictó en fecha 27 de noviembre de 2019.
SEGUNDO: SE SANCIONA a la ciudadana CARMEN RUSELQUIS GUZMÁN PALOMO, titular de la cédula de identidad N° V-15.708.656, en su condición de Gerente de Producción de la entidad de trabajo Alimentos Polar Comercial Planta Mariguitar, C.A, a cumplir diez (10) meses de prisión, más las accesorias de la ley por la comisión del referido Desacato al mandamiento del amparo constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
TERCERO: Remítase en consulta per saltu.....