En este estado este Tribunal para decidir previamente observa:
En la presente causa la actora, ciudadana ALBA REVILLA DE MARTÍNEZ, plenamente identificada en autos, a través de sus apoderados Judiciales; abogados ROSMERY BISLICK y NÉSTOR MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.634 y 42.973, respectivamente, pretenden el pago por el Procedimiento de Intimación de las facturas 0503 y 0501 respectivamente, emanadas de la Pescadería ISLA DE MARGARITA, de fechas 15-05-2002 y 13-05-2002, por un monto de 3.776,500 Bs. y 4.707,000 respectivamente, y en este sentido tenemos que la parte demandada, ciudadano ISMELDO JAVIER también plenamente identificado en autos, presentó en la oportunidad de promoción de pruebas las facturas originales, las cuales al estar en su poder demuestran el cumplimiento de su obligación de pagar, y siendo así es evidente que la acción intentada no puede prosperar en derecho. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos,.....