es por lo que este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre, un terreno ubicado en el Sector Los Molinos, jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y alinderado así: norte: Calle La Paz con longitud de 92.42 m., sur: Con la sucesión Cornelio Méndez, con una longitud de 85.71 m., este: Con la Avenida Universitaria, con una longitud de 53.64 m., y oeste: Con terrenos de José Moya Cova, con una longitud de 51.60 m., según se desprende de documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público de este Municipio, en fecha 03 de septiembre de 1998, bajo el N° 50 de la serie, protocolo primero, tomo quinto, tercer trimestre del año 1998 y las edificaciones.....