Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a niños, niñas y adolescentes por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos JHONNY RAFAEL GONZALEZ LOPEZ Y MARIA DE LOS ANGELES SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.968.580 y 9.458.539, respectivamente, domiciliados en Sector Baliachi, calle Principal, casa S/N, cerca de la Bodega, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y la segunda en Playa Grande, calle la ensenada, casa S/N, Parroquia Bolíva.....