este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: MARISOL CASTILLO FUENTES y ANGÉL JOSÉ AMUNDARAIN TRUJILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.806.853 y V-13.772.669, respectivamente, domiciliados en la calle 5, en el sector Guarapiche Norte, casa N° 137, con calle N° 5, Cumaná, Estado Sucre, el primero de los nombrados, y la segunda en Guanta, sector Chorreron, casa s/n., calle Principal, Estado Anzoátegui, , en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio N° 470 de fecha el tres (03) de septiembre del año dos mil cuatro (.....