SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION en divorcio de la SEPARACION DE CUERPOS, de los ciudadanos: MARCOS JOSE GONZALEZ GONZALEZ Y LEUDIS DEL CARMEN BRITO FUENTES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, domiciliados en esta ciudad de Guiria, Municipio Valdéz del Estado Sucre y titulares de la Cédula de Identidad 12.909.118 y 13..347.510, respectivamente, debidamente asistido por el ciudadano TOMAS EDUARDO BRITO SMITH, abogado en ejercicio, de este mismo domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 35813, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil, del Municipio Valdez, capital Guiria, del Estado Sucre el veinte (20) de agosto del dos mil cinco (2005)