Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472 y 474, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 7 de mayo de 2014, por el Tribunal Segundo de Juicio, mediante la cual se condenó a WILFREDO JOSE SALCEDO, Venezolano, Natural de Carúpano, estado Sucre, nacido en fecha 28/09/1980, de 33 de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.787.878, de oficio Caletero, de estado Civil soltero, residenciado en el Barrio Puchuruco, calle Sucre casa, s/n, al lado de la escuela Bolivariana Puchuruco, Carúpano de Estado Sucre, a cumplir la Pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado .....