Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del imputado ANGEL DEL VALLE FRANCO SALAZAR, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, de 44 años de edad, taxista, titular de la Cédula de Identidad Número V- 10.223.356, nacido en fecha 01-06-1968, hijo de Figuenio Franco y Teresa Salazar y domiciliado en: Santa Eduviges de Primero de Mayo, calle sucre, casa N°10, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, toda vez que no se existen elementos de convicción para presumir la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, y así poder decretar una medida de coerción personal, todo de conformidad con el a.....