Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Decreta La Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos: MARCOS MARCANO, venezolano, de 61 edad, titular de la cédula de identidad N° 5.867.661, nacido el 16-03-1950, de profesión u oficio pescador; hijo de Sixto Gotilla y Berta Marcano, residenciado en Guarataro, Casa S/N, Sector la Quebrada, cerca de la playa, Municipio Arismendi, del Estado Sucre y ROSSIRYS GARCÍA GÓMEZ, venezolana, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.124.050; nacida el 12-04-1987, de profesión u oficio del hogar, hijo de Santa Eugenia Gómez y Segundo Antonio García, residenciado en Guarataro, Casa S/N, Sector la Quebrada, cerca de la playa, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, a quien la representación fiscal le .....