Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del ciudadano LINO ANTONIO GUERRA CLEMANT, venezolano, natural de Irapa, de 45 años de edad, nacida en fecha 03-06-1965, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 9.957.952, de profesión u oficio: Agricultor. Hijo de Pedro guerra y Concepción Clemant, y residenciado en: la parroquia San Antonio de Irapa, Calle Principal de Brisas del Río, Casa S/N, frente al Liceo, Municipio Mariño del Estado Sucre, consistente en un régimen de presentación cada Veinticinco (25) días, por el lapso de seis (06) meses por ante la Comandancia de Policía del Estado Sucre, con sede en la Población de San Antonio de Irapa y La prohibición de acercarse a la victima, así como de realiza.....