En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado CARLOS ALFREDO FIGUEROA, venezolano, de 23 años de edad, nacido el 18-08-1988, natural de Caracas, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.124.824, profesión u oficio: estudiante y comerciante, hijo de Carlos Figueroa y Olis Martínez, residenciado en: Calle Principal santo domingo del Pilar frente del cementerio, Municipio Benítez del Estado Sucre, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley especial, en perjuicio de CARMEN LISBETH BRAVO ALBORNOZ, de conformidad con lo contemplado en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, con un régimen de presentac.....