este Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Decreta El SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida contra Pedro Antonio Vargas, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.287.140 y domiciliado en la vereda 45, casa S/N, Guayacán de las flores, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de resistencia a la autoridad previsto y sancionado en el artículo 219 del código penal en perjuicio del Orden Público, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 1° del código orgánico procesal penal.