REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
Carúpano, 22 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-002009
ASUNTO: RP11-P-2007-002009
Por cuanto de la revisión de la presente causa, se observa que a los folios 56 y 57 corre inserto oficio 385 – 2008 de fecha 27 de Marzo del año en curso, remitido por la fiscal Quinto del Ministerio Público, mediante el cual remite anexo copia del certificado de defunción correspondiente al ciudadano Daniel José Moya Fernández, a quien se sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de Seducción en perjuicio de Stefany Carolina Estaba Bataglini, y de la cual se desprend el fallecimiento del prenombrado ciudadano, ocurrido en fecha 29 de Julio del año 2007, a consecuencia de Anemia Aguda, hemorragia interna producida por severos politraumatismos sufridos en accidentes de transito; Este tribunal pasa a decidir en los términos siguientes: La circunstancia antes acotada y sustentada por el documento mencionado, pone de manifiesto la muerte o fallecimiento del Imputado, lo que nos lleva revisar el contenido del artículo 48 del código orgánico procesal penal, disposición esta que establece lo siguiente: Art. 48 :” Son causas de extinción de la acción penal:
1: La Muerte del Imputado…”
Así mismo tenemos que el artículo 318 del código orgánico procesal ‘penal en su ordinal 3° establece lo siguiente: Art. 318: “ El Sobreseimiento procede cuando:…3. La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa Juzgada…”. Del contenido de las anteriores disposiciones se desprende que, estando suficientemente acreditado en la presente causa, el hecho de haberse producido la muerte del Imputado a quien se seguía la misma, resulta procedente o pertinente, decretar de oficio, como en efecto se decreta, la extinción de la acción penal seguida en su contra y el subsecuente sobreseimiento de la causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Pro todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decreta de Oficio el sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano Daniel José Moya Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.622.652, a quien se seguía la presente causa por la presunta comisión del delito de Seducción previsto en el artículo 378 del código penal en perjuicio de Stefany Carolina Estaba Bataglini, en virtud de haber operado la extinción de la acción penal por causa de su Muerte, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 318 ordinal 3° en relación con el artículo 48 ordinal 1°, todos del código orgánico procesal penal. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad a los tribunales de la fase de Ejecución. Cúmplase. Déjese sin efecto la audiencia convocada para el 15 de Mayo del presente año.
El Juez Primero de Juicio.
Abg. Luis Mariano Marsella.
El Secretario.
Abg. Josanders Mejías.
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