Por todas las razones expuestas, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en la modalidad de Fianza, en contra del imputado RICHARD EDUVIGES FARIAS AZOCAR, Venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 16-10-1.986, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.592.820, de oficio Herrero, soltero, hijo de Expedito Farias y Pastora Azocar, y residenciado en: San Martín, calle 19 de Abril, Casa S/N, Municipio Bermúdez Del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; asimismo una vez materializada la Fianza respectiva, se acuerda presentaciones periódicas, cada 15 días por el lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Ju.....