Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana Y Por Autoridad De La Ley, DECRETA medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano Jairo Alcides mata Ortega quien se identifica así: venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.436.864, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Horacio mata Real y Rosa Ortega, domiciliado en Canchunchú, Sector la Vega, consistente en una presentación periódica cada Ocho, (08), días ante El alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por un lapso de seis,(6), meses contados a partir de la presente fecha, por la presunta comisión del delito de Desvalijamiento de Vehículo Automotor en grado de tentativa previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal del en perjuicio.....