CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 17 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2001-000159
ASUNTO: RJ11-S-2001-000159
Visto el escrito interpuesto en fecha 13 de Julio del presente año por la fiscal Segunda del Ministerio Público Abg. Cristina Mijares mediante el cual solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano Alvaro Francisco Paz Castillo por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales en perjuicio de María Alejandra Garrido, ello en virtud de que de la investigación no emanan elementos de convicción que comprometan la responsabilidad penal de los mismos, ni existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación; Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, prescindiendo de la realización de la audiencia a que se contrae el artículos 323 del código orgánico procesal penal, pasa a dictar su decisión en los términos siguientes:
PROCEDENCIA DE LO SOLICITADO
De la revisión de la presente causa se desprende que la investigación se inició en fecha 22 de Octubre del año 2001, por denuncia interpuesta ante el IAPES por la ciudadana María Alejandra Garrido quien manifestó haber sido agredida física y verbalmente por el ciudadano Alvaro Paz castillo, con quien hacía vida marital, sin embargo se observa que tal y como señala la fiscal en su escrito no se realizó el reconocimiento médico – forense a la victima para así poder calificar el tipo de lesión por esta sufrida, por lo que se estima que, siendo el referido reconocimiento el único elemento científico que podría servir para la calificación Jurídica del hecho resulta imposible a estas alturas incorporar otro elemento que permita el enjuiciamiento del mismo, razón por la cual se estima procedente lo solicitado y así se decide:
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra Alvaro Francisco Paz Castillo, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.755.746 y residenciados en la calle principal San Miguel de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito Lesiones Personales en perjuicio de María Alejandra Garrido, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Librense las notificaciones respectivas.
El Juez Primero de Control
Abg. Luis Mariano Marsella.
El Secretario.
Abg. Josanders Mejías.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el presente auto.
El Secretario.
Abg. Josanders Mejías.
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