En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXXX; por la comisión de los delitos de robo agravado, privación ilegítima de libertad y ocultamiento de arma de fuego, previstos en los artículos 458, 174 y 277 del Código Penal, respectivamente, en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio de los ciudadanos XXXXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXXXXXXX y El Estado Venezolano, quien cumple sanción de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES de privación de libertad y donde se determino que lleva privado UN (01) AÑO CINCO (05) MESES y ONCE (11) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO Y DIECVINUEVE (19) DIAS , que vencerán el 08 -04-2015.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los a.....