Es por lo anteriormente señalado, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara actualizado el computo en la presente causa seguida a XXXXXXXXX, cumple medida de reglas de conducta por el lapso de dos (02) años (por sustitución de privación de libertad) , por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Porte Ilícito de Arma de Fuero, previsto en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 9 de la Ley de Arma y Explosivos, delitos cometidos en perjuicio de La Colectividad y El Estado Venezolano, donde se determino que lleva cumplido hasta el hasta el 17-05-13 UN (01) AÑO UN (01) MES y DOS (02) DIAS por lo que el falta por.....