En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revisa y mantiene la medida de privación de libertad, que se le impuso al sancionado xxxxxxxxxx, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-xxxxxxxxxxxx, de xxxx1 años de edad (adolescente para el momento de ocurrencias de los hechos), nacido en fecha xxxxxx, hijo de xxxxxxxxxx, residenciado en las xxxxxxxxxxxx°, Cumaná, Estado Sucre; quien fue sancionado a la medida de privación de libertad por el lapso de cuatro (04) años y seis (06) meses, por la comisión del delito de homicidio intencional calificado previsto en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxxx (occiso). Revisión que se realiza conforme a lo establecido en el artículo 647 literal "E" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y A.....