Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos para la imposición inmediata de la pena, ciudadano JHONNY RAFAEL MÁRQUEZ RENDON, venezolano, de 37 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.660.126, natural de Cumaná, nacido en fecha 08-07-1974, de profesión u oficio obrero, hijo de América Rondon y Arturo Márquez, residenciado en la calle cocollar, cercano en la farmacia botica el Indio, casa Nº 62, Cumaná, Estado Sucre; asistido en el acto por el Defensor Público Penal abogada CRUZ CARABALLO, por el delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, con el Agravante Genérico establecido en el artículo 277 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio del adoles.....