Este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda ratificar al imputado ALEXIS JOSÉ ALCALÁ LEÓN, de conformidad con los numerales 3, 5 y 6 del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, las siguientes Medidas: Salida del hogar del agresor, independientemente de su titularidad, Prohibición de acercamiento a las víctima, así como ha su lugar de residencia, trabajo o estudio, Prohibición de realizar por si o por terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso sobre la mujer agredida o algún integrante de la familia y Prohibición de agredir fisica o verbalmente a las victimas. Asimismo, este Tribunal vista la solicitud del Ministerio Público en ejercicio de la facultad a el conferida se acuerda que la presente causa continúe por el procedimiento especial previsto en la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libr.....