es por lo que este Tribunal Sexto en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal y acuerda contra los imputados JESUS MANUEL AVILEZ, venezolano, de 50 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.877.257, de estado civil CASADO, Estado Sucre; nacido en fecha 04-04-1959, de profesión u oficio Constructor y residenciado en el barrio la Granja, segunda calle al final, casa N° 33-B, Cumanacoa Estado Sucre, y CAMILO LUIS MIRAGLIA GARCIA, venezolano, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.498.283, de estado civil Soltero, Estado Sucre; nacido en fecha 10-06-1979, de profesión u oficio soldador y residenciado en el Caserío, rió arenas, de la parroquia Arenas del Municipio Montes, Estado Sucre, la ratificación de la medida de protección y seguridad interpuesta a favor de la víctima y en contra de imputados de autos, contenida en los numerales 5 y 6 del .....