Por los razonamientos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Sexto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda otorgar medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, en contra del ciudadano VÍCTOR JOSÉ YENDEZ ROSALES, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.716.227, nacido en fecha 03-05-1980, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; vigilante, residenciando en la Urbanización Brisas del Golfo, sector los Town House, calle principal, casa N° 18, Cumaná, Estado Sucre; y/o calle la marina, detrás del estadium de Caigüire, casa N° 20 (casa de la Flia. Figuera), Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0293-211.02.26; consistente en presentaciones cada Quince (15) Días por ante el Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná; todo ello, de conformidad con el contenido del artículo 242 numeral 3 del COPP. Se fija el día 28/05/2013 A LAS 11:.....