Este Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano GIAN PIERO ZAVARELLA, venezolano, nacido el 12/02/1980, natural de Cumaná, hijo de Yaritza Zavarella y Luis Enrique Salazar, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.285.059, de ocupación taxista, de estado civil casado, domiciliado en el Tacal, sector Cuesta Colorada, casa S/N°, en la entrada del Bar "María Medina", Cumaná, Estado Sucre; por el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Maryuris Amarilys Gil Rojas; y se decreta la suspensión del proceso por el lapso de un año, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los que die.....