ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA al acusado PIERO ANTONIO CAFARELLI BARRERA, venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.063.982, de ocupación obrero, nacido en fecha 11-08-1.988, hijo de Guillermo Cafarelli y de Doris Barrera, residenciado en la Calle Las Flores, Casa S/N°, Parroquia Aricagua, Municipio Montes del Estado Sucre; por la comisión del delito de de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, a cumplir la pena de 2 años de prisión, en el establecimiento penal que indique el Tribunal de Ejecución competente, pena ésta que se cumplirá aproximadamente en el mes de mayo del año 2010, e igualmente se le condena a las penas accesorias de ley establ.....