DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la causa al ciudadano Antonio Abelardo Fayad Figueroa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.272.044 y de este domicilio, por la comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal y el ordinal 6 del artículo 108 del Código Penal.