En consecuencia este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y siguiendo el Procedimiento Especial de Admisión de los hechos previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado CESAR LUIS CASTAÑEDA, Venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.484.642 , de este domicilio por la comisión el delito de ROBO SIMPLE Y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 455, y 416 ambos del Código Penal cometido en perjuicio del ciudadano ENNIRIDA INÉS ARISTIMUÑO Y RAMÓN JOSÉ ARISMENDI, a cumplir la pena de SEIS (06) años y TRES (03) MESES de prisión mas las accesorias de ley, pena esta deberá cumplir en el Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná, la cual cumplirá aproximadamente en el año 2012. Líbrese boleta de encarcelación y oficios.