este Juzgado Cuarto de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de LUÍS ENRIQUE FIGUEROA FIGUEROA, venezolano, natural de Cumana Estado sucre, nacido en fecha 19-11-1992, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-24.690.957, de ocupación u oficio Estudiante, de estado civil soltero, y domiciliado en Brasil, Sector III, Vereda 23, casa N°- 01, cerca de la Plaza, cumaná, Estado Sucre, hijo de Maryuri Figueroa y Luís Figueroa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, concatenado con el artículo 80 ejusdem, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 176 ejusdem, en perjuicio de DARIO.....