Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en la presente causa seguida al ciudadano MANUEL ARTURO GUTIERREZ GIL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.936.184, de 33 años de edad, estado civil soltero, natural de Cumana, Estado Sucre, nacido en fecha 18-11-1980, de oficio electricista automotriz, hijo Edecio Gutiérrez y Luisa Carmen Gil, domiciliado sector San Luis Tercero, vereda 15, casa numero 38, Cumaná Estado Sucre, a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en.....